APL2: Documentación relacionada con prevención de riesgos y accidentes graves

12/12/2018

Por Javier Oyarzún
Asesor SSO y Medioambiente
Integrante Comité Coordinador APL N° 2

Durante la implementación de este APL2, nos encontraremos con una serie de requerimientos que deberán contar con registros que comprueben su aplicación dentro de la compañía. Para su identificación, disponemos de una planilla elaborada para tal efecto que fue enviada en su momento a las empresas asociadas.

Considero pertinente resaltar cierta documentación, considerada implícitamente en los puntos relacionados a la prevención de riesgos, que adquiere especial relevancia cuando ocurre un accidente grave, tal como:

  • Muerte de un trabajador.
  • Fracturas, pérdida de conocimiento.
  • Accidente que provoque amputación o pérdida de alguna parte del cuerpo (incluido desforramiento de dedos, perdida de pabellón auricular, ojos, etc.).
  • Accidente que obligue a realizar maniobras de reanimación o rescate.
  • Caída de altura superior a 1,8 metros.
  • Accidentes ocurridos en condiciones hiperbáricas.
  • Eventos ocurridos a un número tal de trabajadores que afecten el normal desempeño de las faenas.

Dada alguna de estas situaciones, corresponderá aplicar el protocolo descrito por la circular 3335/2017, que nos obliga a suspender de manera inmediata las faenas afectadas -permitiendo a los trabajadores evacuar el lugar- e informar inmediatamente a la SEREMI de Salud e Inspección del Trabajo. No actuar de esta manera nos expondría a fuertes multas y otras consecuencias legales derivadas.

Posteriormente, deben hacer presente en la empresa funcionarios de la SEREMI o Inspección del Trabajo, quienes levantarán un acta y solicitarán la siguiente información:

  • Contrato de trabajo de los accidentados.
  • Registro de asistencia de los accidentados.
  • Declaración de Accidente del Trabajo (DIAT).
  • Informe de la investigación del accidente por parte del organismo administrador (mutualidad) y del comité paritario de la empresa (este último aplicable a empresas con más de 25 trabajadores).
  • Certificado de pago de cotizaciones al día.
  • Procedimientos de Trabajo Seguro y registro de recepción por parte del trabajador (al menos de la actividad que desarrollaban los trabajadores al momento del accidente).
  • Procedimiento de selección y control de los elementos de protección personal (EPP), incluido el registro de capacitación en su uso y recepción por parte de los trabajadores.
  • Registro de entrega del “Derecho a Saber” o “Deber de Informar” por parte del empleador (D.S. 40).
  • Copia timbrada de carta de ingreso del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a la Inspección del Trabajo y SEREMI de Salud (actualizado).
  • Registro de recepción del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad por parte de los trabajadores accidentados.
  • Planes de mantención de equipos, planes de emergencia, registro de trabajadores autorizados para operar equipos, licencias de conducir especiales, señalética, certificado de extintores u otros, según la naturaleza del accidente.

Debemos tener presente que esta documentación es básica para cualquier empresa, legalmente obligatoria y siempre debe estar disponible tanto para los entes fiscalizadores como para los distintos organismos certificadores (ISO, PEFC, APL, Eetc.).

Como ya hemos dicho anteriormente, este APL2 nos permite detectar los requerimientos legales obligatorios que nos aplican y nos da la oportunidad de ponernos al día.